El Consejo de Ministros ha dado luz verde al Real Decreto que establece la capacidad ordinaria del sistema de protección y tutela para niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados en las Comunidades y Ciudades Autónomas. La ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, ha calificado esta aprobación como “un paso importante” para asegurar los derechos de la infancia migrante.
Con esta normativa, se determina que la capacidad ordinaria de acogida se establece en una ratio de 32,6 plazas por cada 100.000 habitantes en todo el país. Este cálculo se encuentra detallado en la norma recientemente aprobada.
Un avance significativo
Rego ha subrayado que este decreto representa “un punto de inflexión” en el proceso de acogida digna y solidaria para los menores migrantes que llegan a España. La ministra ha añadido que, a partir de ahora, “está todo dispuesto para que comiencen los traslados conforme al protocolo establecido”.
“Hoy damos un paso importante para garantizar los derechos de todos esos niños, niñas y adolescentes que llegan solos a nuestro país. Es nuestra obligación ofrecerles una acogida digna y solidaria”, ha afirmado Rego, quien también destacó el trabajo realizado durante meses a pesar de los obstáculos presentados por ciertos territorios.
Cumplimiento normativo
Este Real Decreto cumple con la disposición adicional undécima de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Dicha disposición fue introducida tras la aprobación del Real Decreto-ley 2/2025, el cual establece medidas urgentes para garantizar el interés superior de la infancia ante situaciones migratorias extraordinarias.
Las Comunidades y Ciudades Autónomas que tripliquen su capacidad ordinaria serán declaradas en situación de contingencia migratoria extraordinaria, lo que activará el protocolo correspondiente para realizar traslados.
Comunidad Autónoma |
Capacidad Ordinaria |
Andalucía |
2.827 |
Aragón |
441 |
Asturias, Principado de |
331 |
Balears, Illes |
406 |
Canarias |
737 |
Cantabria |
194 |
Castilla y León |
783 |
Castilla – La Mancha |
692 |
Catalunya |
2.650 |
Comunitat Valenciana |
1.767 |
Extremadura |
344 |
Galicia |
886 |
Comunidad de Madrid |
2.325 |
Región de Murcia |
517 |
Comunidad Foral de |
517 |
Navarra |
223 |
País Vasco |
731 |
La Rioja |
107 |
Ciudad de Ceuta |
27 |
Ciudad de Melilla |
28 |
La noticia en cifras
Comunidad Autónoma |
Capacidad Ordinaria |
Andalucía |
2.827 |
Aragón |
441 |
Asturias, Principado de |
331 |
Balears, Illes |
406 |
Canarias |
737 |
Cantabria |
194 |
Castilla y León |
783 |
Castilla – La Mancha |
692 |
Catalunya |
2.650 |
Comunitat Valenciana |
1.767 |
Extremadura |
344 |
Galicia |
886 |
Madrid, Comunidad de |
2.325 |
Región de Murcia |
517 |
Comunidad Foral de Navarra |
223 |
País Vasco |
731 |
La Rioja |
107 |
Ciudad de Ceuta |
27 |
Ciudad de Melilla |
28 |
Preguntas sobre la noticia
¿Qué ha aprobado el Consejo de Ministros respecto a la acogida de niños y niñas migrantes no acompañados?
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece la capacidad ordinaria del sistema de protección y tutela para personas menores de edad extranjeras no acompañadas en las Comunidades y Ciudades Autónomas.
¿Cuál es la ratio de plazas establecida por el nuevo decreto?
La capacidad ordinaria de los sistemas de acogida se ha cifrado en una ratio de 32,6 plazas para niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados por cada 100.000 habitantes en el país.
¿Cómo describe la ministra Sira Rego esta aprobación?
La ministra Sira Rego ha definido la aprobación como “un paso importante” para garantizar los derechos de la infancia migrante y un punto de inflexión en el desarrollo del proceso de acogida digna y solidaria.
¿Qué ocurre si las Comunidades Autónomas multiplican por tres su capacidad ordinaria?
Las Comunidades y Ciudades Autónomas que multipliquen por tres su capacidad ordinaria serán declaradas en situación de contingencia migratoria extraordinaria, lo que activará el protocolo de traslados.