Mujer e infancia

La Seguridad Social ha tramitado 271.723 procesos por nacimiento y cuidado de menor entre abril y septiembre

Miércoles 30 de octubre de 2019
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha gestionado hasta septiembre 271.723 prestaciones económicas de nacimiento y cuidado de menor, que hasta ahora se denominaban prestaciones por maternidad y paternidad.​

120.973 de estas prestaciones han sido disfrutadas por el primer progenitor (maternidad) y 150.750 por el segundo (paternidad). De las 120.973 prestaciones disfrutadas por el primer progenitor, 1.934 han sido compartidas por el segundo.

En estos seis meses, Seguridad Social ha dedicado 1.074,93 millones de euros al pago de estas prestaciones.

La información estadística se ha adecuado a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2019 de 1 de marzo de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. Esta norma denomina permisos por nacimiento y cuidado de menor a las prestaciones de maternidad y paternidad y establece un periodo transitorio hasta su total equiparación.

Durante 2019, el permiso que hasta ahora se denominaba de paternidad se amplió a 8 semanas, dos de las cuáles son obligatorias tras el parto en caso de hijo/a biológico/a. Además, la madre puede cederle hasta cuatro semanas de su permiso de 16. El Real Decreto-ley prevé que en 2020, el permiso del segundo progenitor sea de 12 semanas, con cuatro obligatorias tras el parto en caso de nacimiento; y que en 2021 esta prestación, igual para ambos progenitores, se reconozca como un derecho individual y no transferible. Su duración será de 16 semanas y 6 de ellas deberán disfrutarse después del parto.

La cuantía de estas prestaciones es equivalente al cien por cien del salario y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) durante las 16 semanas de permiso.

Por comunidades autónomas, el mayor número de procesos entre enero y septiembre ha correspondido a Cataluña (48.419), Andalucía (46.416), Madrid (46.341) y Comunidad Valenciana (25.550).

Excedencia por cuidado de hijo, menor acogido o familiar

Las trabajadoras y trabajadores pueden solicitar excedencia para atender al cuidado de hijo o menor acogido o para el cuidado de otros familiares. En este caso, la duración del periodo considerado de cotización efectiva dependerá de los supuestos contemplados en la Ley General de la Seguridad Social, modificada con la entrada en vigor de la Ley de Igualdad que amplió el alcance y duración de esta prestación.

Hasta septiembre de 2019, hay 48.177 excedencias por cuidado familiar registradas, de las cuales 42.857 corresponden a mujeres y 5.320, a hombres. La variación interanual ha sido de 4,84%, lo que ha supuesto un aumento de 2.225 excedencias respecto al mismo periodo de 2018. En concreto, el número de excedencias solicitadas por mujeres crece un 3,99%, mientras que el número de excedencias disfrutadas por hombres se incrementa un 12,12%.

Por comunidades autónomas, el mayor número de excedencias se ha producido en Madrid (11.573), Cataluña (7.048), Andalucía (5.402), Comunidad Valenciana (4.295), y País Vasco (4.682).

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