El futuro Código deontológico del Consejo General de Colegios de Protésicos Dentales de España ha suscitado preocupación entre los profesionales del sector. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha señalado que el documento incluye artículos que podrían resultar excesivamente restrictivos, generando así inseguridad jurídica para los protésicos. Entre las críticas, se destaca que muchos de estos deberes no están respaldados por razones de interés general, como la protección de la salud pública.
La normativa vigente exige a la CNMC evaluar las propuestas relacionadas con los códigos deontológicos, lo que pone en relieve la necesidad de un análisis más profundo sobre las implicaciones legales y prácticas de estas medidas. Los protésicos dentales, cuyo trabajo se centra en el diseño y fabricación de prótesis, dependen directamente del odontólogo para su prescripción y colocación.
Código Deontológico y Proporcionalidad
La CNMC ha enfatizado que es crucial aplicar un enfoque proporcional al redactar normas que regulen el ejercicio profesional. En este sentido, se han planteado preocupaciones sobre artículos que limitan la relación entre odontólogos y protésicos. Por ejemplo, se prohíbe cualquier intermediación del dentista en la relación con el paciente o una dependencia económica del protésico respecto al odontólogo.
Es fundamental que el Consejo General refuerce sus argumentos para demostrar que las actuales regulaciones no son suficientes para salvaguardar la salud del paciente. Además, deben explicarse claramente cómo las nuevas medidas contribuirán a alcanzar los objetivos establecidos.
Inseguridad Jurídica y Recomendaciones
El informe elaborado por la CNMC también advierte sobre la indeterminación jurídica presente en varios conceptos del código propuesto. Por ejemplo, no se aclara qué constituye una dependencia económica, lo cual podría acarrear consecuencias disciplinarias severas para los protésicos si se incumplen estas normativas.
Ante esta situación, la CNMC ha emitido varias recomendaciones clave: reforzar la justificación de los objetivos públicos perseguidos por ciertas medidas; reconsiderar las obligaciones impuestas a los protésicos; y explorar alternativas menos restrictivas pero efectivas. También se sugiere garantizar canales anónimos para denunciar comportamientos ilícitos entre colegas y ajustar la prohibición sobre publicidad comparativa a lo estipulado en la Ley de Competencia Desleal.
Por último, es importante aclarar el régimen disciplinario aplicable y asegurar que cualquier intervención del colegio sea voluntaria y complementaria a otras vías de reclamación.
La CNMC tiene la capacidad de actuar tanto de oficio como a solicitud de diversas entidades, incluyendo Cámaras Legislativas, Gobierno y Colegios Profesionales, lo cual subraya la relevancia del debate sobre el futuro Código deontológico en el ámbito profesional.
Preguntas sobre la noticia
¿Qué aspectos del futuro Código deontológico son considerados muy restrictivos?
El futuro Código deontológico incluye deberes que pueden generar inseguridad jurídica en los protésicos, y algunos de estos deberes no están justificados por razones de interés general, como la protección de la salud pública.
¿Qué recomienda la CNMC respecto a las medidas del Código deontológico?
La CNMC recomienda reforzar la justificación de los objetivos de interés público, reconsiderar las obligaciones impuestas a los protésicos y analizar alternativas menos restrictivas pero igual de efectivas.
¿Cuál es la relación entre protésicos dentales y odontólogos según la normativa?
La legislación diferencia entre la actividad de ambos profesionales, estableciendo que deben ejercer en libre competencia y respetar el derecho de los pacientes a elegir a su protésico dental.
¿Qué se debe aclarar sobre el régimen disciplinario aplicable a los protésicos?
Se debe aclarar el régimen disciplinario aplicable y que la intervención del colegio vía conciliación o arbitraje es voluntaria y adicional a otras formas de reclamación.
¿Cómo puede actuar la CNMC respecto al Código deontológico?
La CNMC puede actuar de oficio o a petición de diversas entidades, incluyendo Cámaras Legislativas, el Gobierno, y Colegios Profesionales.