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Máximo acuerdo en el trámite parlamentario del proyecto de Ley de Mutuas

Máximo acuerdo en el trámite parlamentario del proyecto de Ley de Mutuas

miércoles 30 de julio de 2014, 12:58h

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Burgos ha afirmado que es una reforma “ambiciosa, profunda pero equilibrada” que cumple con las recomendaciones del Pacto de Toledo.
El secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos, ha comparecido hoy a petición propia, ante la Comisión de Empleo del Congreso de los Diputados, para explicar los cambios que supondrán el proyecto de Ley de Mutuas y el Real Decreto sobre Incapacidad Temporal, aprobados en el pasado Consejo de Ministros.

Burgos ha afirmado que el trámite parlamentario es un punto de partida para generar “acuerdos y consensos” que mejoren la ley de mutuas, y ha emplazado a los diputados a que contribuyan a elaborar una regulación completa y estable mediante “aportaciones positivas”.

El responsable de la Seguridad Social ha recordado que la relevancia de estas entidades de titularidad pública está avalada por las cifras de gestión: dan protección a 14.541.991 trabajadores, tanto por cuenta ajena como autónomos; las 20 mutuas que configuran el sistema gestionan un volumen de cotizaciones que a cierre de 2013 alcanzaban los 9.027,3 millones de euros. Por ello, ha dicho, era necesaria una reforma “ambiciosa, profunda pero equilibrada” que además diera cumplimiento a la Ley 27/2011 y a las recomendaciones del Pacto de Toledo.

Mayor claridad, transparencia y seguridad jurídica

El Proyecto de Ley de las Mutuas era un compromiso del Gobierno que se enmarca en el Plan Nacional de Reformas de 2014. Se trata de un texto que, a juicio de Burgos, actualiza la gestión de estas entidades y la dota de mayor claridad, transparencia y seguridad jurídica.

Burgos ha explicado a los miembros de la Comisión que el texto moderniza la gobernanza de las mutuas y aumenta la transparencia de su gestión, ya que establece reglas adecuadas para la constitución de las reservas y el uso de los excedentes.

Asimismo, la norma establece que las Mutuas dispondrán de plazo hasta el 31 de marzo de 2015 para vender el 100% de su participación en las sociedades mercantiles de prevención constituidas en su seno. Se trata, aseguró el secretario de Estado, de impedir lo que era una práctica de competencia desleal -como se constata en una reciente sentencia del Tribunal Supremo- así como evitar que se genere por estas sociedades una deuda con el Sistema, que en la actualidad alcanza los 40 millones. Ya se han realizado cuatro ventas y la quinta está pendiente de resolución.

Gestión más eficaz de la Incapacidad Temporal

Una de las novedades más importantes que incorpora es la que afecta a los procesos de Incapacidad Temporal –bajas laborales- sobre todo los de duración inferior a 15 días.

En este sentido, Tomás Burgos ha señalado que con la reforma se busca resolver la demora en la respuesta de los Servicios Públicos de Salud (SPS) a las propuestas de alta de las mutuas. Se fijan 5 días para que respondan los SPS y cuando exista desacuerdo con la mutua, se podrá plantear disconformidad al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que, en 4 días deberá resolver.

Además, la norma habilita el mecanismo de “suspensión cautelar” de la prestación cuando el trabajador citado a revisión no comparece. Hasta ahora, en esta situación se resolvía el alta por incomparecencia, es decir, la extinción del derecho. A partir de ahora, el trabajador podrá en 4 días justificar su ausencia, recuperando de nuevo la prestación suspendida.

Burgos ha insistido en que “tanto el alta como la baja siguen estando en los servicios públicos de salud” y cuando existan discrepancias, serán los facultativos de una entidad pública como el INSS, quienes tendrán la capacidad legal de dar altas.

El proyecto de Ley se complementa en materia de Incapacidad Temporal con el Real Decreto aprobado el pasado el 18 de julio y que, según afirmó Burgos, es la primera reforma que se realiza de forma “completa y sistemática” desde que fue prevista en 1967.

Con esta nueva regulación, se simplifican los trámites burocráticos, ya que los partes de confirmación de baja quedan reducidos a cuatro fórmulas, en función de la duración prevista, y se eliminan los partes intermedios que debían recogerse cada 7 días.

Además, para estimar la duración de los procesos, los médicos de los SPS contarán con la Guía de tiempos óptimos que publicó el INSS en 2013, y que por primera vez, incorpora criterios como el puesto de trabajo y la edad del trabajador. Este manual orientativo se elaboró en colaboración con los SPS de las comunidades autónomas a través del texto de los convenios de IT. “De esta forma se coordina la actuación entre la administración que presta el servicio de asistencia sanitaria y la administración que lo paga”, añadió.

Por otra parte, en el proyecto de Ley se reforma la prestación por cese de actividad de los autónomos para hacerla accesible a los trabajadores por cuenta propia. “Se pagaba por una prestación que no se iba a poder cobrar nunca”, señaló Burgos, quien expuso los nuevos requisitos que se establecen, entre los que destacó la reducción del nivel de pérdidas al 10% en un año. También la simplificación de la documentación que justifique esta circunstancia.

Finalmente, Tomás Burgos ha manifestado que se trata de una buena oportunidad de establecer una regulación completa y estable, “nuestra disposición es totalmente favorable a ello, estoy convencido de que la suya también", concluyó.
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